México.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las corridas de toros no pueden ser consideradas patrimonio cultural. Esto, luego de que la asociación civil Cuenta conmigo Tepic, solicitó un amparo en contra de la decisión del Congreso de declarar este tipo de actividades como Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado de Nayarit.
De acuerdo con el proyecto, elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán, cualquier práctica que suponga el maltrato, la tortura y la muerte de los animales, no puede ser considerada una expresión cultural.
El fallo de la Segunda Sala establece que las entidades deben tener presente que las actividades, los bienes y los servicios culturales “tienen dimensiones económicas y culturales, que transmiten identidad, valores y sentido, y no debe considerarse que tengan únicamente valor comercial”.
La Segunda Sala establece que su fallo no va en sentido de la permisión o prohibición normativa de realizar “peleas de gallos” o “la fiesta taurina”, ya que ese tema no es de su competencia. Pero sí deja claro que lo pretendido por el gobierno de Nayarit viola los derechos de la asociación civil que se quejó del decreto.
JJ









