Manuel Hernández, reportero
México.- Debido a que el pasado 31 de enero de 2024 se presentó una anomalía en su operación, el satélite Eutelsat 113 West A, cesó operaciones y fue desorbitado por Satélites Mexicanos, S.A, de C.V. (Satmex).
Por medio de un comunicado, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), dio a conocer que el concesionario informó que el 3 de abril del presente año concluyó el proceso de desorbitación iniciado el 25 de marzo de este año, acatando las medidas impuestas por este órgano regulador para realizarlo.
Así de conformidad con lo previsto en la Disposiciones Regulatorias en materia de Comunicación Vía Satélite (Disposiciones Regulatorias), emitidas por el IFT, la empresa presentó ante dicho Instituto, el reporte de falla, y solicitó aprobar la desorbitación del satélite que ocupa la Posición Orbital Geoestacionaria (POG) 113.0° Longitud Oeste asignada al país.
Para lograr la desorbitación, se tomaron en cuenta las siguientes consideraciones:
• Tomar todas las medidas preventivas necesarias para no causar daños ni afectaciones a otros sistemas satelitales durante la desorbitación;
• Dar aviso al Instituto y a la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes (SICT), dentro de los 10 días hábiles siguientes a que ocurra cualquier suceso que pueda afectar otros sistemas satelitales o causar daños a terceros, derivado de la desorbitación;
• Presentar el informe correspondiente conforme a lo dispuesto en el numeral 72 de las Disposiciones Regulatorias una vez concluida la desorbitación del satélite;
• Establecer una comunicación y coordinación constante con los operadores de los satélites que se encuentran ubicados compartiendo la POG 113.0° LO u otros satélites fuera de la POG, con el fin de evitar cualquier situación de colisión.
Cabe destacar que la autorización otorgada por el Instituto al concesionario para la desorbitación del satélite no prejuzga sobre la continuidad en la prestación de los servicios previstos en la concesión para ocupar la POG 113.0° LO otorgada a Satmex, en el entendido de que en todo momento se deberá atender y considerar lo que señale este Instituto a través de los actos administrativos correspondientes para la preservación de los recursos orbitales asignados al Estado Mexicano.
Adicionalmente, la autorización de desorbitación otorgada a Satmex no se pronuncia ni tampoco prejuzga respecto a lo que esa empresa pueda acordar con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), en lo relativo a la provisión de la reserva de la capacidad satelital.
De igual forma, esta determinación no se pronuncia respecto a las acciones y medidas conducentes para la reanudación en la prestación de los servicios, ni de las tareas a cargo de la SICT para mantener el derecho y reconocimiento internacional a favor del Estado Mexicano para ocupar la Posición Orbital Geoestacionaria (POG) 113.0° LO conforme a la “Política en materia satelital del Gobierno Federal”.
JJ