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México.- La Comisión Ambiental de la Megalópolis informa que se mantiene la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la ZMVM y sus medidas, con el fin de proteger la salud de la población y prevenir la exposición a niveles altos de ozono. Se recuerda a la población mantenerse informada sobre la calidad del aire y evitar hacer ejercicio en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas.
El Sistema de Monitoreo de la Calidad del Aire de la Ciudad de México informa que prevalece la influencia de un sistema anticiclónico sobre la porción central del país y los modelos muestran que el día de hoy el centro del sistema estará próximo a la ZMVM. En consecuencia, el contenido de humedad será escaso y se prevé cielo despejado y sin probabilidad de lluvias. Las temperaturas máximas continuarán elevadas entre 28 y 29 grados Celsius.
El viento será de dirección variable en casi todo el día y será ligero hasta las 17:00 horas, además de que el ambiente estará brumoso debido a la estabilidad atmosférica. Con las condiciones descritas y la intensa radiación solar, se pronostica calidad del aire Muy Mala.
Se recuerda de las restricciones a la circulación en el Sector Transporte y de las exenciones.
Hoy sábado 24 de febrero, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde, terminación de placa 1 y 2 .
- Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
- Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
- Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los puntos 1, 2, 3, les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Exenciones
- Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
- Vehículos que porten holograma “0” o “00”, cualquiera que sea su uso (salvo los vehículos con engomado color verde, terminación de placa 1 y 2).
- Todos los vehículos que porten hologramas Doble Cero o Cero vigente, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular el día de hoy, salvo aquellos que tengan engomado verde o terminación de placa 1 y 2.
- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
- Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
- Las motocicletas están exentas de la Fase I
JJ