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Sinaloa anuncia Ley Seca por jornada electoral

La medida se implementará desde las 20:00 horas del sábado y hasta las 09:00 horas del lunes Estela García / corresponsal México.- Sinaloa anuncia “Ley Seca” en cumplimiento con lo establecido en las leyes electorales, tanto federal como estatal, con motivo de la realización de la jornada electoral del próximo domingo 2 de junio, suspendiendo […]

Por Juan José Rosales · 28 de May 2024 | 11:02pm
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Alertan por el consumo de alcohol entre adolescentes desde los 13 años
Alertan por el consumo de alcohol entre adolescentes desde los 13 años

La medida se implementará desde las 20:00 horas del sábado y hasta las 09:00 horas del lunes

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Estela García / corresponsal

México.- Sinaloa anuncia “Ley Seca” en cumplimiento con lo establecido en las leyes electorales, tanto federal como estatal, con motivo de la realización de la jornada electoral del próximo domingo 2 de junio, suspendiendo la venta de bebidas alcohólicas desde las 20:00 horas del sábado 1 de junio y se reanudará hasta las 09:00 horas del lunes 3 de junio.

El director de Inspección y Normatividad de la Secretaría General de Gobierno, Pablo Francisco Bedoya Bañuelos informó que el único lugar donde se permitirá la venta de bebidas alcohólicas será en la zona turística y centro histórico de Mazatlán, sólo en los establecimientos con giro comercial de restaurantes, los cuales podrán vender en un horario desde las 09:00 horas hasta las 24:00 horas, pero únicamente acompañadas estas bebidas de alimentos.

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Para todos los demás establecimientos, en cualquiera de sus giros comerciales, deberán suspender la venta de bebidas alcohólicas, a partir de las 20:00 horas del sábado y hasta las 09:00 horas del lunes, con excepción de los restaurantes que suspenderán sus actividades a partir de las 24:00 horas del sábado hasta las 19:00 horas del domingo, y la venta se realizará también únicamente acompañada de alimentos.

Estas disposiciones se implementarán para dar cumplimiento al párrafo 2 del artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y al artículo 247, fracción I de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa, relacionados con lo dispuesto por los artículos 31 y 33, párrafo segundo de la Ley Sobre Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la producción, Distribución, Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas del Estado de Sinaloa.

JJ

Juan José Rosales
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