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Aprueba el Senado ley general de movilidad que establece límites de velocidad a nivel nacional

México.- En el penúltimo día de sesiones el pleno del Senado aprobó por 104 votos a favor y dos abstenciones la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, que establece limites de velocidad a nivel nacional para zonas urbanas y autopistas, así como los mecanismos que buscan reducir las muertes y lesiones graves ocasionadas por […]

Por Enfoque Noticias · 15 de Dic 2021 | 12:51am
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México.- En el penúltimo día de sesiones el pleno del Senado aprobó por 104 votos a favor y dos abstenciones  la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, que establece limites de velocidad a nivel nacional para zonas urbanas y autopistas, así como los mecanismos que buscan reducir las muertes y lesiones graves ocasionadas por accidentes viales, a las personas usuarias del sistema de movilidad.

La nueva ley que fue turnada a la Cámara de Diputados establece como límites de velocidad máxima en todo el país los 30 kilómetros por hora en calles secundarias y calles terciarias.50 kilómetros por hora en avenidas primarias sin acceso controlado;  80 km/h en carriles centrales de avenidas de acceso controlado;  80 km/h en carreteras estatales fuera de zonas urbanas y 50 kilómetros  dentro de zonas urbanas.

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En autopistas y carreteras federales del país, el máximo de velocidad para automóviles particulares será 110 kilómetros por hora; 95 para autobuses y 80 kilómetros para camiones y tráiler.Sin embargo y a pesar de que en México se registran en promedio 44 muertes a causa de accidentes viales, de nueva cuenta dejaron fuera el tema de la regulación o prohibición de los camiones o tráiler doble remolque.

Tampoco se establece la obligatoriedad de que todos los conductores y vehículos cuenten con un seguro de responsabilidad civil, por lo que legisladores de oposición calificaron de insuficiente esta nueva ley que no garantiza la reparación del daño para víctimas y sus deudos.Las autoridades competentes establecerán en sus respectivos reglamentos de tránsito que a las personas que sean sorprendidas manejando bajo el influjo del alcohol o cualquier droga, psicotrópico o estupefaciente, se les retire la licencia o permiso para conducir por un periodo no menor a un año y por un periodo no menor a seis meses en caso de conductores de transporte público o transporte de carga.

La nueva Ley define la concurrencia entre la Federación, estados, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México en materia de movilidad y seguridad vial, así como los mecanismos para su debida coordinación.

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