México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, el dictado de medidas cautelares a causa de diversos actos efectuados por el presidente de México, al considerar que constituían difusión de propaganda gubernamental realizada durante un periodo prohibido.
El Partido Acción Nacional (PAN) presentó una queja ante el TEPJF y solicitó la dictaminación de medidas cautelares en contra del presidente de México, ya que estimó que la promoción publicada en la sitio de internet https://lopezobrador.org.mx, a su vez difundida en redes sociales oficiales, respecto de las reuniones de trabajo que el servidor público llevó a cabo el 12 y 13 de febrero pasados en el estado de Sonora.
Lo anterior implicó en apariencia del buen derecho y en un estudio preliminar, propaganda gubernamental difundida durante un periodo prohibido. A partir de un estudio preliminar, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) consideró que, en efecto, las publicaciones resaltaban acciones realizadas por el Poder Ejecutivo federal y que difundían actividades gubernamentales, principalmente la realización de obra pública.
De este modo, el Poder Ejecutivo federal destacó beneficios que reportaban a los habitantes de ciertas zonas, por lo que sí se consideró propaganda gubernamental. Por tanto, al haber difundido propaganda gubernamental durante el proceso de Revocación de Mandato, periodo que prohíbe dichas acciones, se estimó que se hizo de forma indebida.
JV