En votación dividida, hoy el Tribunal Electoral ordenó que la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, entregué al INE la información y copias certificadas en relación a la investigación que realiza sobre presunto financiamiento ilícito a Morena por parte de Pío López Obrador y David León.
Por mayoría de votos de los presentes, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró fundada la pretensión del Instituto Nacional Electoral (INE) de ordenar al agente del Ministerio Público de la Federación, adscrito a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) de la Fiscalía General de la República (FGR), la entrega de documentación correspondiente a una carpeta de investigación a su cargo.
El asunto tiene su origen en dos solicitudes por las cuales el Titular de la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) del INE solicitó una copia simple de una carpeta de investigación, ya que estimó que la información es necesaria para la sustanciación de diversos procedimientos en materia de fiscalización.
Ante las solicitudes, la Directora General de Asuntos Jurídicos y el Agente del Ministerio Público de la Federación de la FEDE, ambos pertenecientes a la FGR, negaron otorgar copia de la citada documentación, por lo que el Secretario Ejecutivo del Consejo General del INE promovió dos juicios electorales.
En el juicio electoral 262 del 2021, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso propuso desechar el juicio por considerar que la materia no era electoral sino, por el contrario, penal.
Esta propuesta fue rechazada por los votos de la magistrada Janine M. Otálora Malassis y de los magistrados Felipe Fuentes Alfredo Barrera, Reyes Rodríguez Mondragón, así como de José Luis Vargas Valdez, aunque si bien este último consideró que sí era procedente el juicio estimó que el secreto ministerial sí era oponible en el caso concreto.
La mayoría, integrada por la magistrada Janine M. Otálora Malassis y los magistrados Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Reyes Rodríguez Mondragón, determinó que el secreto ministerial no es oponible a las facultades fiscalizadoras del INE. La y los magistrados reiteraron el criterio recogido en la tesis relevante XLIV/2004 del TEPJF de rubro: “SECRETO MINISTERIAL GENÉRICO. ES INOPONIBLE AL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL CUANDO ACTÚA EN EJERCICIO DE FACULTADES DE FISCALIZACIÓN”.