Sergio Perdomo, reportero
México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por mayoría de votos, (3-2) confirmó el acuerdo del Consejo General del INE, relativo a la implementación de un mecanismo distinto para la recepción del voto en una urna única, y que el escrutinio y cómputo se realice en sede Distrital, al ser conforme a derecho y en atención al marco normativo aplicable y a la naturaleza extraordinaria de la Elección Judicial.
Por mayoría de tres votos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación avaló el acuerdo del INE que establece el modelo de casilla y urna única para la elección judicial del próximo 1 de junio.
Así como el escrutinio y cómputo de votos en sede distrital y no en las mesas directivas de casilla.
En el debate, donde se registró una confrontación entre las magistraturas, el pleno determinó que, según la norma, es válido que el INE haya aprobado esos mecanismos.
Precisó que, ni la Constitución ni la LEGIPE, contemplan o exigen modelos únicos, y además facultan a la autoridad administrativa electoral a que establezca, según la particularidad de cada proceso democrático, los modelos más efectivos para el ejercicio del voto.
Las magistraturas, que avalaron el proyecto de Felipe Fuentes, consideraron que el modelo de urna no afectará la votación y válidamente forma parte del diseño que implementó el INE para esta elección.
La magistrada, Janine Otálora Malassis consideró que un cómputo de votos donde no participen los funcionarios de casilla y la casilla única es un retroceso en la calidad de la democracia.
En respuesta, la magistrada Monica Soto acusó de falacias y criticó que en esta mesa se hable de fraude.
Los magistrados Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez respondieron que no utilizaron la palabra fraude y sus argumentos son jurídicos, no falacias.
El magistrado, Reyes Rodríguez dijo que la casilla única responde a la falta de recursos para la organización del proceso judicial, pero calificó como retroceso que el cómputo en sede distrital y que no haya representantes de aspirantes se aleja de la norma en la materia.
En respuesta, el magistrado Alfredo Fuentes Barrera reclamó que se diga que su proyecto tenga una lectura sesgada o que se ignora la aplicación de la ley electoral violando la certeza y la integridad.
Al resolver una queja sobre el marco geográfico de Tamaulipas para la elección judicial, el pleno se pronunció a favor del acuerdo del INE y declaración de definitividad.
El pleno, al desahogar varios recursos, refrendó la decisión del INE de no incluir sobrenombres en las boletas de la elección judicial.
A partir del proyecto presentado por el magistrado electoral Felipe Alfredo Fuentes Barrera, se determinó que ni la Constitución ni la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), contemplan o exigen que el escrutinio y cómputo del proceso electoral de personas juzgadoras se realice en las mesas directivas de casilla, sino que, deja a lo que señale la ley con base en las particularidades y necesidades de la elección como lo son: multiplicidad de cargos, primera vez que se realiza el ejercicio, entre otras variables.
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