CDMX.- Un juez federal negó el primer amparo promovido por aspirantes de licenciatura de la UNAM por presuntas irregularidades en el examen de admisión.
El titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, Ulises Osvaldo Rivera González, desestimó el recurso presentado por Brenda Haydee Balderas García, quien acreditó la prueba de ingreso y se amparó ante la decisión del rector Leonardo Lomelí Vanegas de incluirla en los más de 58 mil aspirantes que deberán someterse a otro examen de control.
Juez determina autonomía de universidades públicas
El juzgador determinó que las universidades públicas tienen plena autonomía e independencia para establecer los requisitos de ingreso, promoción y permanencia de su personal.
Textual, el juzgador respondió a la quejosa:
“Visto el contenido de la demanda, este órgano jurisdiccional considera que conforme a lo dispuesto en el artículo 113 y 5º, fracción II, de la Ley de Amparo, procede desecharla de plano, porque se advierte un motivo indudable y manifiesto de improcedencia, en tanto que sobre casos como este existe jurisprudencia temática de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la cual dejó establecido que las universidades públicas gozan de independencia para determinar por sí solas los términos y condiciones en que desarrollarán los servicios educativos que prestan, así como los requisitos de ingreso, promoción y de permanencia de su personal”.
El juez argumentó que el amparo es improcedente
El juez, en su argumentación, añadió:
“De manera que actos como la denegación para admitir a una persona como alumno, por no haber aprobado el examen correspondiente, no constituyen un acto de autoridad impugnable a través del juicio de amparo, pues los aspirantes únicamente tienen derecho a ser tomados en cuenta en la selección de ingreso, de acuerdo con los criterios, requisitos y lineamientos establecidos en la normatividad de la escuela respectiva, de manera que solo puede considerarse como alumno al aspirante que, cumpliendo con los requisitos de ingreso establecidos por la normativa aplicable, haya sido expresamente admitido y se encuentre inscrito en alguno de los programas académicos, siendo hasta entonces cuando se incorporan a su esfera jurídica el conjunto de derechos y obligaciones que lo ubican en esa específica situación jurídica”.
Bajo estas premisas, el juez declaró improcedente el amparo, ya que la demandante aún no es alumna de la Universidad Nacional Autónoma de México.
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