Ernesto Gloria, reportero
México.- El Servicio de Administración Tributaria, prorrogó hasta el último día del próximo año, el plazo para que los contribuyentes, cumplan con la obligación de habilitar su Buzón Tributario, instrumento de comunicación entre la autoridad y los contribuyentes, y recordó que no hacerlo es un incumplimiento que será motivo de infracción.
El Brazo Fiscalizador de la Secretaría de Hacienda, recordó que desde el 2020, se habilitó este instrumento como requisito obligatorio para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes, a excepción de aquellas personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica, contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos menores a 400 mil pesos en el ejercicio anterior o personas físicas o morales que se encuentren en situación fiscal de cancelados o suspendidos.
El organismo recordó que el Buzón Tributario, es un canal de comunicación, cuyo objetivo es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura. Para lo que emplea el portal privado, la notificación vía electrónica, así como el envío de requerimientos de información o resolución de trámites realizados ante el SAT
Para habilitar el Buzón Tributario es necesario ingresar al Portal del SAT (sat.gob.mx), dar click en el botón Buzón Tributario, acceder con RFC y Contraseña o e.firma vigente. Elegir la opción de Configuración y llenar el formulario de medios de contacto, donde se registra un correo electrónico y un teléfono celular. Tras ello en un periodo máximo de 72 horas, se confirmarán los medios de contacto, ya sea con un correo electrónico con una liga de confirmación o bien con un mensaje de texto SMS que contiene un código, que se debe capturar en el mismo Buzón Tributario.
FF









