México.- Inició el ciclo escolar y existen elementos fiscales, que pueden ayudar a contrarrestar parte de la inversión que representa la educación privada en nuestro país, en especial para las personas físicas que pueden echar mano de estos instrumentos, se trata de las deducciones personales. Jesús Rodríguez Ambriz, Presidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, explicó al auditorio de Enfoque Noticias que existen recursos destinados a impuestos que se pueden acreditar en el momento de la declaración anual.
“El pago de colegiaturas puede ser deducible desde preescolar, hasta bachillerato, para eso es importante, verificar que las instituciones educativas privadas, tengan un registro ante la SEP, para ser deducible, el concepto debe ser aplicado para : “Pago de Servicios de Enseñanza” y no pueden hacer deducible las cuotas o inscripciones… el método de pago debe ser con tarjeta de la persona que lo va a hacer deducible, cheque o transferencia electrónica, si se pone como “donativo, gastos escolares o cuotas” en la factura, no será deducible, eso es muy importante”.
Una vez cumplidos estos breves requisitos viene el desglose de cuánto puede una persona física deducir de la educación de sus hijos, que como ya lo señalamos, van desde preescolar hasta bachillerato, recordando que es en el ámbito privado.
“Preescolar, son 14 mil 200 pesos, Primaria, 12 mil 900, secundaria, 19, mil 900, profesional técnico 17 mil 100 y bachillerato o su equivalente 24 mil 500… que me permite la Ley del Impuesto sobre la Renta y lo voy a hacer deducible de manera anual, en mi declaración anual, como deducciones personales”.
Si una persona tiene más de un hijo, el monto no se acumula, es en total en cada uno de los niveles escolares, y será el monto de mayor monto el que indique el tope de deducción, recordar que, a mayor grado, mayor monto, pero este será el que impere, independientemente si hay varios hijos. Otro rubro que existe para las deducciones es el del transporte escolar, pero hay una regla, que éste tiene que ser obligatorio para todos los alumnos.
El especialista afirmó que, en algunos casos, las deducciones personales, además de ayudar a reducir el monto que las personas físicas tributan, incluso puede resultar con un saldo a favor, mismo que puede ser reclamado ante el SAT, ya sea como devolución o bien, para acreditarse a otro ejercicio fiscal.
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