México.- La Comisión y Quejas del INE negó dos medidas cautelares relacionadas con los promocionales del Cuarto Informe del Presidente de la República.
La difusión del informe del Presidente de la República está dentro de los parámetros legales y constitucionales, fue la respuesta.
La Comisión de Quejas y Denuncias, resolvió proyectos de medidas cautelares; primero en contra del Partido del Trabajo (PT) por la presunta vulneración al interés superior de la niñez y dos en contra de personas servidoras públicas por supuestos actos anticipados de campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y difusión del informe de labores del Presidente de la República en contravención a la ley, en el marco del Proceso Electoral Federal 2023-2024.
En sesión virtual, los integrantes de la Comisión determinaron como improcedente la medida cautelar solicitada por los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI) en contra de Adán Augusto López Hernández, Secretario de Gobernación; Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana Federal y Luis Cresencio Sandoval González, Secretario de la Defensa Nacional, por la probable realización de actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso de recursos públicos.
Lo anterior derivado de la transmisión del promocional del Ejecutivo Federal identificado como Cuarto Informe de Gobierno Guardia Nacional en sus versiones para televisión y radio, en los que aparecen los funcionarios públicos mencionados que, a decir de los quejosos, se trata de una estrategia de posicionamiento en favor del Secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, de cara al Proceso Electoral Federal 2024.
El colegiado del INE consideró que, en apariencia del buen derecho, el material contiene elementos que permiten concluir que se trata de las actividades realizadas con el gobierno del Presidente de la República, correspondientes a su actuación en temas relacionados con seguridad pública, de ahí que la aparición de las personas servidores públicas no es contraria al mensaje alusivo al Cuarto Informe de Labores.
En este sentido, en un análisis preliminar, no se advierten elementos para determinar que la finalidad del spot sea enaltecer la figura o imagen de alguno de ellos y su difusión está dentro del parámetro temporal, pues por obligación constitucional el Ejecutivo Federal debe rendir el 1° de septiembre de cada año un informe de labores.
FF