Gobierno de México.- el 09 de abril de 1915, Álvaro Obregón, General en Jefe del Ejército de Operaciones, en nombre de la Revolución y autorizado por el C. Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, don Venustiano Carranza, expidió el primer decreto sobre el salario mínimo el cual establecía, entre otras cosas que:
1º. El salario mínimo en efectivo de los jornaleros, deberá ser de setenta y cinco centavos cada día, aumentando la ración de cereales que actualmente se les tiene asignada en un veinticinco por ciento.
2º. Que en este aumento de sueldo deben quedar comprendidos proporcionalmente los que hoy disfrutan los mozos, cocineros, lavanderos y demás domésticos, cualquiera que sea su carácter o denominación.
3º. Este aumento de jornal no autoriza a los patrones para aumentar las horas de trabajo de destajo o tareas.
Es de destacar que el 26 de abril de 1915, desde Veracruz, Venustiano Carranza expedirá un decreto confirmando en todas sus partes este decreto de Obregón, pero aclarando que tiene “en estudio una ley general sobre regulación del contrato de trabajo”, y que en tanto no se expida esa ley, regirá esta materia el decreto de Obregón.
GF/
Comments 1