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Senado endurece controles para cabilderos y crea nuevo padrón

El Senado aprobó nuevas reglas para el Padrón de Cabilderos, con registro público, informes bimestrales y restricciones para exservidores públicos

Por Gerardo Cedillo Hurtado · Hace 44 min
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Senado de la República establece nuevos controles y un padrón público para las personas que realizan actividades de cabildeo.
Senado de la República establece nuevos controles y un padrón público para las personas que realizan actividades de cabildeo.

México.- El Senado de la República reforzará los controles sobre las personas físicas y morales que realizan actividades de cabildeo ante legisladores y comisiones para promover intereses particulares relacionados con leyes y reglamentos.

La Mesa Directiva aprobó un nuevo acuerdo para establecer los criterios de integración del Padrón de Cabilderos de la Cámara de Senadores, con el objetivo de actualizar el registro, identificar a quienes realizan estas actividades y hacer públicos sus vínculos con el trabajo legislativo.

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El acuerdo sustituye al aprobado en octubre de 2022.

¿Cuándo podrán registrarse los cabilderos?

A partir de este jueves, la Mesa Directiva emitirá una convocatoria para que las personas interesadas soliciten su inscripción mediante el sistema electrónico disponible en el portal del Senado.

El periodo de registro será del 13 al 21 de octubre.

El nuevo mecanismo establece que los aspirantes deberán proporcionar información detallada sobre su identidad, intereses y actividades de representación.

Para las personas físicas, los requisitos incluyen:

  • Identificación oficial y comprobante de domicilio.
  • Declaración de interés.
  • Temas que pretenden abordar.
  • Comisiones o legisladores ante quienes realizarán gestiones.
  • Documentación que, en su caso, acredite su especialidad.
  • Datos fiscales, nacionalidad y medios de contacto.

En el caso de las personas morales, deberán presentar, entre otros documentos, acta constitutiva, acreditación del representante legal y la designación de las personas autorizadas para realizar actividades de cabildeo.

También tendrán que informar su sector empresarial, giro, origen nacional o internacional, domicilio fiscal y declaración de intereses.

Cabilderos deberán actualizar información y rendir informes

Uno de los principales cambios establece que las personas acreditadas deberán mantener actualizada la información sobre los temas en los que participan y los intereses que representan.

Además, tendrán que presentar informes bimestrales sobre las actividades de cabildeo que realicen.

El incumplimiento de estas obligaciones puede provocar la cancelación del registro.

El padrón tendrá vigencia hasta que sea sustituido y se actualizará periódicamente. Cada año, las personas inscritas deberán ratificar o actualizar sus datos; quienes no cumplan dentro del plazo establecido causarán baja.

Exservidores públicos tendrán restricción de dos años

El acuerdo establece una restricción para quienes hayan ocupado cargos públicos.

Las y los servidores públicos no podrán realizar actividades de cabildeo durante el ejercicio de sus funciones ni durante los dos años posteriores a la conclusión de estas.

La disposición busca establecer un periodo de separación entre el servicio público y la representación de intereses particulares.

Cabilderos no podrán ingresar al salón de sesiones

El Senado también estableció controles para el acceso a sus instalaciones.

Las personas inscritas en el padrón no podrán ingresar al salón de sesiones y deberán informar a la Mesa Directiva cualquier modificación en los datos que proporcionaron durante su registro.

La Unidad de Resguardo Parlamentario llevará un control de entradas y salidas que incluirá el número de acreditación, fecha, nombre de la persona física o moral, identificación presentada, hora de ingreso y salida y firma.

Para acceder a las instalaciones deberán portar la credencial digital que acredite su inscripción en el padrón.

El padrón será público

La información sobre los cabilderos no quedará únicamente en los registros internos del Senado.

El acuerdo establece que el padrón deberá publicarse en el portal de internet del Senado dentro de los tres días siguientes a su conformación o actualización.

La información pública incluirá:

  • Nombre de la persona física o moral acreditada.
  • Persona, empresa u organización que representa.
  • Comisiones o legisladores ante quienes realizará actividades.
  • Temas de interés.
  • Número de acreditación.

Además, quienes aparezcan en los informes de actividades de cabildeo deberán estar previamente inscritos en el padrón.

El cabildeo seguirá siendo una actividad permitida

El nuevo acuerdo no prohíbe el cabildeo, actividad considerada legítima dentro del proceso legislativo.

El objetivo es que quienes la ejerzan estén plenamente identificados, declaren a quién representan y reporten los asuntos en los que intervienen ante el Senado.

El esquema deberá aplicarse bajo principios de transparencia, integridad, imparcialidad, objetividad, rendición de cuentas e interés público.

También contempla la cancelación del registro cuando una persona proporcione información falsa, previa aplicación del procedimiento correspondiente.

Gerardo Cedillo Hurtado
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