Jalisco aclara que sanciones contra narcocorridos y apología del delito siguen vigentes
Jalisco aclaró que las sanciones contra la apología del delito siguen vigentes tras la resolución de la SCJN sobre los “vicios”.
Jalisco.- El Gobierno de Jalisco aclaró que las sanciones contra la apología del delito continúan vigentes en la entidad, incluso cuando se trate de contenidos difundidos en espectáculos públicos que inciten a cometer delitos o enaltezcan conductas delictivas.
La precisión surgió después de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la Acción de Inconstitucionalidad 48/2026, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
¿Qué resolvió la Suprema Corte sobre la apología del delito?
De acuerdo con el Gobierno de Jalisco, la SCJN invalidó únicamente la referencia a la apología de “algún tipo de vicio”, al considerar que esa expresión resultaba ambigua.
La resolución no eliminó las disposiciones relacionadas con la inducción pública a cometer delitos ni con el enaltecimiento de conductas delictivas, por lo que el Ejecutivo estatal sostuvo que las sanciones correspondientes permanecen vigentes.
La controversia se relaciona con el Decreto 30134/LXIV/26, aprobado por el Congreso de Jalisco el 28 de enero de 2026, que modificó diversas disposiciones estatales.
¿Qué pasa con los narcocorridos en Jalisco?
El Gobierno estatal señaló que la resolución de la Corte no representa una autorización general para difundir contenidos que hagan apología del delito en espectáculos públicos.
Por ello, los narcocorridos pueden quedar sujetos a las disposiciones vigentes cuando su contenido encuadre en las conductas que contempla la legislación, como la incitación pública a cometer delitos o el enaltecimiento de quienes los realizan.
Las autoridades también aclararon que no se trata de una prohibición general de un género musical. El criterio se centra en el contenido y en las conductas que la legislación considera sancionables.
Ayuntamientos mantienen obligaciones para los espectáculos públicos
Las disposiciones estatales también contemplan obligaciones para los ayuntamientos relacionadas con la regulación de contenidos difundidos durante espectáculos públicos, ferias, festivales y otras actividades recreativas.
El Congreso de Jalisco había establecido que los municipios deben participar en la prevención de contenidos que inciten a la violencia o hagan apología de conductas delictivas en espacios públicos.
El Gobierno estatal sostuvo que estas disposiciones no fueron eliminadas por la resolución de la Suprema Corte y continúan formando parte del marco aplicable en la entidad.
¿Cuáles son las sanciones por apología del delito?
Las reformas al Código Penal de Jalisco establecieron para la conducta de apología del delito penas de seis meses a un año de prisión y multas de 30 a 60 UMA, de acuerdo con la explicación difundida por el Gobierno estatal tras la resolución de la SCJN.
El Código Penal estatal establece, además, que las consecuencias jurídicas de un delito deben aplicarse conforme a las disposiciones legales vigentes y respetando los derechos humanos y las garantías constitucionales.
Gobierno de Jalisco: no se busca prohibir géneros musicales
El Ejecutivo estatal afirmó que las medidas no tienen como objetivo prohibir géneros musicales ni limitar la libertad de expresión artística.
La postura del Gobierno de Jalisco es que los límites legales se aplican a contenidos específicos cuando promueven o glorifican conductas delictivas.
De esta manera, la resolución de la SCJN eliminó la referencia considerada ambigua sobre los “vicios”, pero no dejó sin efecto las disposiciones que sancionan la apología del delito, según la interpretación comunicada por el Gobierno de Jalisco.
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