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Modalidad 40 del IMSS: Óscar Cantón afirma que un cambio definitivo requiere reformar la ley

Óscar Cantón Zetina sostiene que un cambio definitivo a la Modalidad 40 requiere reformar la Ley del Seguro Social y cuestiona el alcance del decreto.

Por Gerardo Cedillo Hurtado · Hace 1 hora
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Óscar Cantón Zetina, senador de Morena, durante declaraciones sobre la necesidad de reformar la Ley del Seguro Social para modificar de manera definitiva la Modalidad 40 del IMSS.
Óscar Cantón Zetina, senador de Morena, durante declaraciones sobre la necesidad de reformar la Ley del Seguro Social para modificar de manera definitiva la Modalidad 40 del IMSS.

México.- El senador de Morena Óscar Cantón Zetina afirmó que cualquier modificación definitiva a la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) requiere una reforma a la Ley del Seguro Social , pues consideró que un decreto o un acuerdo administrativo no tienen el alcance jurídico suficiente para cambiar permanentemente las condiciones de este esquema.

En entrevista, el vicecoordinador de Morena en el Senado distinguió entre las medidas temporales que el Instituto podría adoptar por razones financieras y los cambios permanentes que, a su juicio, deben contar con el respaldo del Poder Legislativo.

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“No es posible ampararlo con un decreto y menos con un acuerdo administrativo, como se hizo en el caso del Consejo del Instituto Mexicano del Seguro Social”, señaló.

Cantón Zetina sostuvo que las autoridades pueden establecer medidas temporales, pero no modificar de manera definitiva la modalidad mediante esos instrumentos.

“Para que sea una cuestión definitiva tendrá que haber una modificación en la Ley del Seguro Social”, puntualizó.

¿Qué plantea el senador sobre los cambios a la Modalidad 40?

El legislador consideró que las disposiciones administrativas pueden atender necesidades financieras del IMSS durante un periodo determinado, pero sostuvo que una modificación permanente requiere cambios legislativos.

Al ser cuestionado sobre la legalidad del instrumento utilizado para establecer los nuevos lineamientos, Cantón Zetina señaló que, desde su perspectiva, el decreto no cuenta con el alcance jurídico necesario para mantener una modificación definitiva.

Sin embargo, el senador no detalló qué cambios específicos propone ni cuánto tiempo podrían durar las medidas temporales a las que hizo referencia.

Sus declaraciones se producen en medio de la discusión sobre las nuevas condiciones de la Modalidad 40, un esquema relevante para trabajadores que buscan mejorar su pensión mediante aportaciones voluntarias.

¿Qué es la Modalidad 40 del IMSS?

La Modalidad 40, cuyo nombre oficial es Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio del Seguro Social, permite a determinados trabajadores que causaron baja del régimen obligatorio continuar cotizando por cuenta propia, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

Este esquema es especialmente relevante para quienes pertenecen al régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, porque las aportaciones pueden influir en el promedio salarial utilizado para calcular su pensión y en las semanas cotizadas.

Los cambios recientes mantienen abierto el debate

Las nuevas disposiciones sobre la Modalidad 40 entraron en vigor el 22 de octubre de 2026, de acuerdo con información publicada sobre las reglas aplicables al esquema. Entre los cambios reportados figuran nuevas condiciones para determinar la base de cotización, restricciones a los pagos retroactivos y la incompatibilidad con la inscripción simultánea en la Modalidad 10.

En este contexto, las declaraciones de Cantón Zetina abren un debate sobre el alcance jurídico de las medidas administrativas y la facultad del Congreso para modificar las condiciones de un régimen de seguridad social.

Por ahora, el senador no presentó en sus declaraciones los detalles de una iniciativa legislativa ni precisó qué artículos de la ley deberían modificarse.

Por ello, sus comentarios deben entenderse como su postura sobre el fundamento jurídico de los cambios, no como el anuncio de una reforma aprobada o de una suspensión automática de las disposiciones vigentes.

Gerardo Cedillo Hurtado
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