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El TEPJF confirma que Margarita Zavala difundió indebidamente propaganda gubernamental

Sergio Perdomo, reportero México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, TEPJF confirmó, por unanimidad de votos, que la diputada federal, Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, difundió propaganda gubernamental prohibida durante el proceso de revocación de mandato, lo que vulneró los principios de imparcialidad y neutralidad. La controversia surgió […]

Por Juan José Rosales · 13 de Jul 2023 | 12:21am
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Sergio Perdomo, reportero

México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, TEPJF confirmó, por unanimidad de votos, que la diputada federal, Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, difundió propaganda gubernamental prohibida durante el proceso de revocación de mandato, lo que vulneró los principios de imparcialidad y neutralidad.

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La controversia surgió a partir de la queja presentada por Morena en contra de diversas personas funcionarias públicas de la Ciudad de México y de Margarita Zavala. Se les denunció por difundir propaganda gubernamental en redes sociales durante el periodo prohibido de la revocación de mandato, además de hacer uso indebido de recursos públicos y violar los principios de neutralidad e imparcialidad.

Previamente, la Sala Superior le ordenó a la Sala Regional Especializada analizar nuevamente las alegaciones respecto de la diputada federal. En cumplimiento, la sala especializada analizó el argumento de la diputada que sostenía que sus publicaciones en Twitter no constituían propaganda gubernamental, ya que eran una respuesta a declaraciones personales del presidente de la República, durante su conferencia matutina.

La Sala Especializada determinó que la diputada federal aun cuando hubiera pretendido responder al presidente de la República sobre declaraciones a su persona, lo cierto es que no atendió a su deber de cuidado que tiene como funcionaria para evitar infringir las normas al difundir propaganda gubernamental durante el periodo prohibido de la revocación de mandato, así como al vulnerar los principios de imparcialidad y neutralidad. En desacuerdo con esta determinación, la diputada federal acudió ante el Tribunal Electoral.

Al respecto, la Sala Superior, en sesión pública presencial, a propuesta del magistrado José Luis Vargas Valdez, y con la ausencia justificada del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, confirmó la sentencia regional, debido a que la sala responsable consideró todos los argumentos presentados por la diputada y motivó adecuadamente su resolución, ya que sostuvo que, durante el periodo del proceso revocatorio, los sujetos denunciados, incluyendo a la diputada federal, difundieron programas sociales con el objetivo de obtener la aprobación de la ciudadanía sin que se adviertan en las publicaciones denunciadas expresiones dirigidas a debatir o contraargumentar alguna referencia del Ejecutivo federal por parte de la denunciada.

JJ

Juan José Rosales
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