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Al evaluar información que algunas instituciones ofrecen en materia de créditos hipotecarios dejaban cabida a confusiones de clientes, revela Condusef

México.- La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros informó de la evaluación que realizó en 2022, a diversas instituciones bancarias respecto al crédito hipotecario en materia de transparencia y calidad de la información que ofrece a sus clientes. Se trató de cuatro instituciones a las que se les […]

Por Enfoque Noticias · 27 de Feb 2023 | 5:42pm
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condusef
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México.- La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros informó de la evaluación que realizó en 2022, a diversas instituciones bancarias respecto al crédito hipotecario en materia de transparencia y calidad de la información que ofrece a sus clientes.

Se trató de cuatro instituciones a las que se les realizó la evaluación en dos etapas, para conocer que los documentos utilizados para ese producto cumplieran con la normatividad aplicable, entre ellos el llamado contrato de adhesión, la carátula, la solicitud, la oferta vinculante y el estado de cuenta. Además, se revisó la página electrónica de las instituciones para ese producto y los folletos informativos, para saber si contaban con la información consistente y no dieran lugar a confusiones.

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Para la segunda etapa se dio oportunidad de que las instituciones, realizaran los cambios a los programas para el cumplimiento forzoso, en donde se constató implementaran los señalamientos de la primera etapa.

Las instituciones evaluadas que dieron cumplimiento tanto en la primera como en la segunda etapa son Scotiabank Invertal y Santander México; en tanto, en la primera etapa Banco Mifel fue calificado con 6.2 y en la segunda con 9.1; por su parte Banco Nacional de México, en la primera etapa obtuvo de calificación 8.7 y 10 para la segunda etapa.

Entre los incumplimientos estuvieron que en los contras no tenía el nombre completo del usuarios y no establecía el consentimiento expreso del cliente para servicios y operaciones adicionales como seguros. También las páginas electrónicas de los que incumplieron no tenían información congruente con el contrato y la publicidad que las instituciones utilizaron para ofertar el producto inducía a error o confusión del usuario.

Finalmente, la institución recordó que el incumplimiento a la norma aplicable deja sujetas a las instituciones a las sanciones que la ley marca en la materia.

FF

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