Jorge Sánchez, reportero
México.- Ante la inminente reforma constitucional al Poder Judicial Federal (PJF) que propuso el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador; ministros, magistrados y jueces del país cierran filas para garantizar la división de poderes, la no violación a la Constitución y al Estado de Derecho.
Un documento interno de la Corte, en poder de Enfoque Noticias, titulado “Análisis de la iniciativa de reforma al Poder Judicial de la Federación” señala que “cualquier intento de reforma o política judicial debe necesariamente considerar sus posibles impactos en la operación cotidiana de los órganos jurisdiccionales. Una modificación que no sea debidamente planeada y ejecutada puede agravar y comprometer los miles de casos que están sujetos a la jurisdicción de los jueces y juezas mexicanos”.
En el documento de análisis elaborado por el Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se advierte que, la iniciativa presidencial que propone la elección vía voto popular de ministros y ministras de la Corte, magistrados y magistradas de circuito, jueces y juezas de distrito, magistrados y magistradas locales, jueces y juezas locales, magistrados y magistradas del Tribunal de Disciplina Judicial y magistrados y magistradas del Tribunal Electoral, no va a mejorar la impartición de justicia; al contrario se corre el riesgo con la desaparición de los concursos de oposición y la probable ausencia de experiencia y/o formación judicial, que exista “un desempeño y toma de decisiones deficientes que no resuelvan los problemas actuales de credibilidad institucional que pretende atender la reforma”
En el documento de 119 páginas, se indica que la elección popular de personas juzgadoras interrumpirá de manera inmediata y grave todos los procesos penales orales del país.
“El abrupto cambio de toda la judicatura federal interrumpirá inmediatamente todos los procesos penales federales activos en el país, lo cual probablemente implicará la pérdida de pruebas relevantes y afectará de forma irreparable los derechos de las partes” se advierte en el análisis.
De igual forma, se alerta sobre un caos en la impartición de justicia al ingresar los nuevos jueces electos al Sistema de Justicia Penal.
“De un día para otro habrá nuevos juzgadores penales a cargo de procesos penales ya iniciados; las nuevas personas juzgadoras deberán conducir audiencias orales, sin experiencia previa, e interactuar con fiscales y abogados y abogadas defensoras en casos que no conocerán. Esto se replicará posteriormente en los poderes judiciales locales de las entidades federativas.
En este sentido, la reforma afectará el principio de continuidad, previsto en la Constitución, que ordena que el procedimiento se desarrolle sin interrupciones. También vulnerará el principio de inmediación, igualmente previsto en la Constitución, que ordena que el juzgador esté presente en todas las audiencias y que sea la misma persona juzgadora quien atienda todos los actos procesales de una misma etapa. Así, por ejemplo, la jueza o juez de control que resuelve sobre el control de la detención de una persona, como primer acto dentro de la etapa inicial, debe ser la misma que resuelva sobre el último acto de esta etapa”.
La SCJN ha establecido que el cambio de un juez o jueza dentro de una misma etapa procesal vulnera el principio de inmediación y por tanto conlleva la reposición del procedimiento.
Por ello, la sustitución de juzgadores penales puede derivar en el reinicio de los procesos y consecuentemente en un retraso severo en su conclusión.
Te puede interesar: “La justicia no es monopolio del Poder Judicial”, afirma Norma Piña
Además, esta reposición puede implicar que ciertas pruebas pierdan calidad o validez con el paso del tiempo, lo que a su vez podría llevar a que la sentencia que se dicte en el juicio oral no cuente con la información suficiente y adecuada para resolver el caso.
En el Análisis de la iniciativa de reforma al Poder Judicial de la Federación, la Corte advierte que, de concretarse, surgirán el riesgo de una inestabilidad laboral con el cese de impartidores de Justicia.
“La propuesta de remover en un solo momento a toda la judicatura federal sin basarse en razones justificadas e individualizadas vulnera flagrantemente el estándar fijado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Este tribunal internacional ha insistido en que la decisión de destituir a personas juzgadoras de su cargo debe basarse en los supuestos permitidos para ello, como pueden ser haber cumplido el plazo para ejercer el cargo o periodo de función, cumplir la edad de jubilación, haberse demostrado que cometió faltas disciplinarias graves o que fue incompetente al realizar su función. Además, ha dicho que la estabilidad laboral conlleva la garantía de que, en caso de despido o cese arbitrario, éste se realice por causas justificadas y que el trabajador pueda recurrir la decisión ante las autoridades pertinentes”.
Por lo anterior, es probable que las destituciones arbitrarias deriven en acciones legales de las juzgadoras y juzgadores afectados.
La remoción de toda la judicatura mexicana plantea el despido de casi 1,700 juzgadores federales (magistrados y magistradas y jueces y juezas) y más de 5,000 juzgadores estatales (magistrados y magistradas y jueces y juezas).
Esto podría llevar, en primer lugar, a un escenario de alta presión para el sistema de justicia, pues existe la posibilidad de que alrededor de 6,700 personas presenten demandas laborales o litigios en el ámbito internacional, lo que implicaría un importante costo para indemnizarles por la afectación a sus garantías de inamovilidad en el cargo y a sus derechos laborales adquiridos.
La sustitución también plantea una complicada situación económica para el otorgamiento de las pensiones o indemnizaciones correspondientes, según corresponda.
En segundo lugar, es probable que muchos de casos se presenten ante la Comisión y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos, lo que podría derivar en sentencias condenatorias contra el Estado mexicano.
Así mismo, se advierte que los cambios afecten también al personal judicial de apoyo (secretarios, actuarios y oficiales judiciales, entre otros) ya que se corre el riesgo de que no sea evaluado por las nuevas personas juzgadores conforme a la calidad de su trabajo, sino conforme a su afinidad ideológica, a su utilidad para conseguir objetivos personales o de grupo o a otros criterios políticos.
En el Poder Judicial de la Federación laboran alrededor 50,000 personas y un despido masivo representaría una cantidad inusitada de demandas laborales y una compleja operación financiera para el pago inmediato —al que tienen derecho— de sus seguros de separación y otras prestaciones derivadas de la violación de derechos laborales.
Se explica que, la carrera judicial contempla una serie de reglas preestablecidas que fijan el ingreso, permanencia y promoción para personas con funciones judiciales.
La estabilidad de la carrera judicial propicia que las y los integrantes de los poderes judiciales no estén vinculados con asociaciones, partidos o autoridades políticas para asegurar oportunidades laborales o de desarrollo profesional. Su promoción en la carrera judicial depende, principalmente, de su capacidad para aprobar exámenes y cursos.
El sistema propuesto por la iniciativa establece que cada uno de los poderes proponga un tercio de las personas candidatas para cada cargo, lo que implica que al menos las personas propuestas por los poderes Ejecutivo y Legislativo (dos tercios de cada grupo de candidaturas) requieran cierta vinculación partidista o política para ser postuladas.
Por otra parte, en la reforma constitucional del Poder Judicial, debe tomarse en cuenta que las condiciones de seguridad actuales en el país representan una amenaza para la integridad de las personas candidatas a cargos judiciales.
Desde 2013 la Relatoría de la ONU expresó su preocupación por la posible intromisión del crimen organizado en las instituciones de justicia a través de corrupción y amenazas a servidores públicos.
Ante tales hechos los Consejos de la Judicatura, tanto federales como estatales, han implementado medidas especiales de seguridad para proteger las condiciones de las personas juzgadoras.
En este sentido se afirma en el análisis que la propuesta de designación de personas juzgadoras a través de elecciones puede colocarles en una situación de vulnerabilidad.
Al igual que las y los candidatos de partidos políticos, los candidatos a ocupar cargos jurisdiccionales correrán un riesgo, sin garantías o medidas especiales de seguridad y protección, de que durante las campañas sufran agresiones, como amenazas, intimidaciones, hostigamiento, e incluso homicidio.
“No hay razones para suponer que candidatos y candidatas a cargos judiciales estarían exentos de esas dinámicas” advierte la Corte en su documento interno, en el que destaca que la elección popular representa riesgos en términos de influencia indebida de intereses privados y organizaciones del crimen organizado en el proceso de elección.
FF