México.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) atendió y trasladó a una Unidad de Manejo para la Conservación de Vida Silvestre (UMA) autorizada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) a una cachorra de tigre de bengala (Panthera tigris) blanco, asegurada dentro de un automóvil particular en las inmediaciones de la Central de Abastos de la Ciudad de México.
La felina había sido asegurada por la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México y, en respuesta a una solicitud del Ministerio Público, personal de la Profepa asistió al sitio como perito en materia de fauna silvestre, para coadyuvar en la identificación inicial del ejemplar, verificar su marcaje y evaluar si acredita su legal procedencia, con el objeto de contribuir a la integración de la carpeta de investigación correspondiente.
La felina tenía aproximadamente cinco meses de edad
El ejemplar, de aproximadamente cinco meses de edad, se encontraba en aparentes buenas condiciones.
Respecto del sistema de marcaje, luego de escanear todo el cuerpo del animal, no se detectó su presencia, lo que coincide con la falta de documentación que acredite la legal posesión del felino.
La felina fue entregada en custodia temporal a la Unidad de Brigada Animal
La felina fue entregada en custodia temporal a la Unidad de Brigada Animal.
Posteriormente, la Procuraduría realizó las gestiones necesarias para trasladarla a la UMA Centro de Rescate, Rehabilitación y Reubicación de Grandes Carnívoros Fundación Invictus, sitio que cuenta con la autorización requerida por la Semarnat para su funcionamiento y ofrece las instalaciones, el personal y la atención especializada que requiere la tigresa.
En este sitio, la cachorra permanecerá en cuarentena y revisión, hasta que sea viable su traslado al lugar donde permanecerá en resguardo.
El tigre de bengala está enlistado en el Apéndice I de CITES
El tigre de bengala está enlistado en el Apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES).
En este apartado se incluyen las especies en peligro de extinción cuyo comercio deberá estar sujeto a una reglamentación particularmente estricta, a fin de no poner en peligro aún mayor su supervivencia.
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