México.- La Presidenta Claudia Sheinbaum presentó en la mañanera la iniciativa para homologar las sanciones y los protocolos de investigación del feminicidio en todo México.
La propuesta establece penas de 50 a 70 años de prisión y busca que este delito se investigue bajo los mismos criterios en todas las entidades, con el objetivo de garantizar cero impunidad.
La ley busca que en todas las fiscalías se trate de manera uniforme el delito de feminicidio, evitando que se clasifique erróneamente como suicidio.
“Esta ley lo que hace es garantizar que en todas las fiscalías se trabaje igual el delito de feminicidio. Evitar al máximo que pueda ser catalogado como suicidio. Evitar al máximo que, si se conoce la presunción del culpable, cerca del 90 por 100 de los casos de feminicidios fueron cometidos por la pareja, por la expareja o por algún familiar directo. Y muchas veces, aunque la familia le diga a la fiscalía que vivía violencia, difícilmente puede reconocerse o se dice por qué no lo denunció previamente la mujer, cuando muchas veces no lo denunció por miedo. Esta ley general garantiza que todo eso pueda disminuirse al máximo y que realmente tengamos 0 impunidad frente a los feminicidios”.
Aunque los feminicidios están disminuyendo en el país, todavía ocurren muchos que quedan impunes.
“En nuestro país, aún y cuando van disminuyendo los feminicidios, todavía se cometen feminicidios, y muchos de ellos, lamentablemente, siguen sin sanción. Lo que tenemos que garantizar para eliminar, para erradicar el feminicidio en nuestro país es, por un lado, la prevención, la atención, el conocimiento, la educación, la formación, a través de el reconocimiento de la igualdad entre hombres y mujeres, y el trato digno entre las personas, y la no discriminación y el no al machismo, como también la 0 impunidad frente al delito de feminicidio”.
La iniciativa contempla penas de hasta 70 años y agravantes en todo el país
Luisa María Alcalde Luján, consejera jurídica de la Presidencia de la República, señalo que el feminicidio es el delito de privar de la vida a una mujer por razones de género, con 10 causas específicas como violencia sexual, prejuicios o asimetría de poder.
La pena es de 50 a 70 años de prisión en todo el país, y hay 19 agravantes para aumentar la condena, especialmente si la víctima es niña, adolescente o adulta mayor.
Actualmente, las sanciones varían entre los estados, desde 20 años de cárcel hasta prisión vitalicia.
“Se homologa el tipo penal, comete el delito de feminicidio a la persona que prive de la vida a una mujer por razón de género. Y se establecen 10 razones de género, entre ellas, signos de violencia sexual, delito motivado por estereotipos o prejuicios, antecedentes de violencia contra la víctima, contextos de asimetría de poder. Se establece una pena ya homologada en todo el país de 50 a 70 años de prisión, y se establecen 19 agravantes para para aumentar la pena en diferentes circunstancias. Entre otras, cuando la víctima sea niña, adolescente o adulta mayor”.
Luisa María Alcalde agregó que la ley establece que, además de la prisión, el feminicidio conlleva sanciones adicionales como la pérdida de derechos sucesorios, tutela, guarda, patria potestad, y en el caso de servidores públicos, destitución e inhabilitación.
Agregó que no se permiten excusas absolutorias o atenuantes para este delito, y tanto la sanción como la reparación del daño son imprescriptibles, es decir, no prescriben con el tiempo.
“Responsabilidades adicionales. Además de la pena privativa de libertad, la ley contempla sanciones adicionales, como pérdida de derechos sucesorios, pérdida de tutela y guarda y custodia, pérdida de patria potestad, y también destitución e inhabilitación en el caso de tratarse de servidores públicos. Se prohíbe excusas absolutorias o atenuantes por el delito de feminicidio. El delito, su sanción y la reparación del daño son imprescriptibles. No es un delito que pueda prescribir”.
Iniciativa plantea crear un registro nacional de menores en orfandad por feminicidio
Por su parte, Maribel Bojorges Beltrán, titular de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres, explicó que el objetivo de esta iniciativa es también la creación de un registro nacional de niñas, niños y adolescentes que quedaron en orfandad por feminicidio, junto con la revisión y actualización del protocolo de atención.
Destacó que esto busca garantizar certeza jurídica y protección integral a estos menores, así como a las víctimas sobrevivientes que necesitan una atención articulada y planes de protección por parte del Estado.
“La creación del registro nacional de niñas, niños y adolescentes en orfandad por feminicidio, a la par se está revisando y actualizando el protocolo de atención en este sentido, porque es muy importante para dar certeza jurídica y certeza de vida a los niños y las niñas que van transitando muchas veces sin esa certeza para conocer cuántos son, en dónde están y poderles brindar toda la protección y la atención del Estado. Y además, pues, los planes integrales de protección para aquellas víctimas que sean sobrevivientes, que hayan sobrevivido justamente a una tentativa y que requieren de una política articulada en materia de atención”.
Sheinbaum afirma que el caso de Víctor Rodríguez demuestra que la ley debe cumplirse
Luego de la liberación del exdirector de Pemex, Víctor Rodríguez, quien seguirá su proceso en libertad por la agresión a su esposa, la presidenta Claudia Sheinbaum comentó que antes que nada se demostró que la ley debe cumplirse sin importar la amistad o los cargos.
Señaló que la Fiscalía de Morelos decidirá el procedimiento legal que debe seguir, especialmente en casos de violencia contra las mujeres.
Y ahora, según lo que determinen la fiscalía y el juez, pueden aplicarse medidas reparatorias y cautelares, como impedir que Víctor se acerque a la víctima, además de otras acciones que el juez considere necesarias.
“Bueno, la propia detención de Víctor muestra que, independientemente de la amistad, de los cargos, tiene que cumplirse con la ley. Y ya, en todo caso, la Fiscalía de Morelos determina bajo qué procedimientos, el juez y su pareja o expareja, bajo qué procedimiento tiene que seguir él. Recuerden que en el caso de violencia contra las mujeres, dependiendo de lo que determine la fiscalía y el juez, puede haber distintas medidas reparatorias, siempre y cuando, desde nuestro punto de vista, haya medidas cautelares, es decir, que no pueda acercarse a la víctima. Esas medidas cautelares van desde reparación del daño o algunos otros mecanismos que se establezcan por el propio juez”.
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