La condena a ocho meses de prisión y dos años sin entrar a los estadios de fútbol a tres aficionados por insultos racistas proferidos contra delantero brasileño del Real Madrid Vinicius Jr. en el estadio Mestalla, del Valencia.
Es la primera sanción penal que se aplica en España por ese tipo de comportamientos en campos de fútbol.
Se trata de un acuerdo de conformidad alcanzado entre la Fiscalía, las acusaciones y las defensas, ratificado este lunes en un juzgado de Valencia pero que se ha fraguado durante meses y que implica que los acusados no entrarán en prisión al haber incluido en el pacto la suspensión de la pena de cárcel.
Los hechos ocurrieron el 21 de mayo de 2023 durante un partido entre el Valencia y el Real Madrid.
El encuentro se paró unos minutos, el jugador identificó a uno de los acusados y, tras la denuncia de LaLiga esa misma noche, se identificó a otros dos con las cámaras internas del Valencia
La importancia de este acuerdo radica en el precedente que sienta ante el creciente número de procedimientos judiciales o investigaciones de la Fiscalía.
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El racismo no entra al campo
En el caso de Mestalla, el objetivo inicial de la Fiscalía y de las acusaciones era que se impusiese una condena por delito de odio.
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Los delitos de odio están tipificados en el artículo 510 del Código Penal, que los sanciona con entre uno y cuatro años de cárcel.
Se ha optado por este último caso incluyendo la agravante por motivos de odio, lo cual, si bien implica una pena menor.









