Manuel Hernández, reportero
México.- Debido a que el derecho a saber es una herramienta para dar cuenta de las fallas sistémicas del Estado ante la problemática de la desaparición de personas, es necesario que cualquier cambio en la manera en la que se contabiliza y registra a las personas desaparecidas, es objeto de transparencia.
Por lo anterior, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), instruyó a la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, dar a conocer el número de domicilios visitados en Tabasco para el levantamiento del censo casa por casa, con el propósito de actualizar el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, desglosado por municipios y colonias.
La Comisionada Norma Julieta del Río Venegas, recordó que, en julio de 2023, la actual administración federal anunció el lanzamiento de la Estrategia Nacional de Búsqueda Generalizada, que consiste en jornadas de búsqueda masiva de dos tipos: casa por casa y vía telefónica, para levantar un censo, a partir del cual, según cifras oficiales, se ha obtenido un registro de 16 mil 681 personas localizadas.
No obstante, la Comisionada señaló que organizaciones civiles, periodistas especializados y colectivos de familias de víctimas han manifestado la existencia de diversas irregularidades, como la eliminación de nombres de personas que siguen desaparecidas.
“Cualquier iniciativa que pretenda modificar la manera en la cual se contabiliza y registra a las personas desaparecidas debe estar sujeta a la transparencia y rendición de cuentas, el derecho a saber es precisamente una herramienta para dar cuenta de las fallas sistémicas del Estado y trabajar también en conjunto para encontrar la verdad, la justicia y la reparación del daño”.
Del Río Venegas recordó que la desaparición de personas es una problemática social de máximo interés público y que puede estar conectada con delitos como la desaparición forzada, la trata de personas, la delincuencia organizada, el homicidio, el feminicidio y el secuestro.
En el análisis del caso, se determinó que si bien la Comisión localizó y proporcionó la información con la que cuenta en medios públicos, no consultó a todas las áreas competentes para conocer lo requerido, como son la Dirección del Registro Nacional de Personas Desaparecidas, la Dirección de Operaciones de Búsqueda y la Dirección de Comunicación Institucional con los Estados.
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