Sergio Perdomo, reportero
México.- El INE resolvió que es improcedente prohibir a concesionarias de radio y televisión transmitir “La Hora Nacional” a petición de los diputados del PAN, Federico Döring Casar y Luis Alberto Mendoza, que denunciaron a la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (DGRTC) de la Secretaría de Gobernación Federal, a Javier Ramírez Gómez, a Leonora Millán Fe, a Claudia Sheinbaum Pardo y a MORENA, así como a concesionarios de radio y televisión, por las manifestaciones realizadas por las personas locutoras durante las emisiones de “La Hora Nacional” de los días 3 y 10 de diciembre de 2023 y 14 de enero de 2024, mismas que, a juicio de los denunciantes, estaban encaminadas a beneficiar la imagen de la candidata a la Presidencia de la República.
Al respecto, la Comisión precisó que el 28 de febrero del año en curso, ya se había pronunciado por adoptar medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva, para prevenir la realización de nuevas conductas que pudieran infringir la normativa electoral en el acuerdo ACQyD-INE-77/2024.
En ese sentido, la Comisión determinó que es improcedente prohibir a las concesionarias trasmitir “La Hora Nacional”, porque ordenar la cancelación absoluta de la difusión del programa resultaría una limitación desproporcionada a la libertad de expresión, máxime cuando desde sus atribuciones, ya ha tomado las medidas pertinentes para prevenir nuevas conductas que pudieran ser infractoras.
Además, el INE resolvió que es improcedente el retiro de la publicación de encuestas en un medio digital.
El Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentó queja en contra del medio de comunicación identificado como “Gurú Político” y del partido MORENA, por la difusión de encuestas realizadas por las empresas “De las Heras”, “Consulta Mitofsky” y “POLLS.MX”, así como su publicación en la red social X pues, a decir del quejoso, la última casa encuestadora no está registrada ante la autoridad electoral y las expresiones realizadas por el medio generan inequidad en la contienda a favor del partido y su candidata a la Presidencia de la República.
La Comisión de Quejas y Denuncias concluyó que es improcedente ordenar el retiro de las encuestas publicadas en el perfil denunciado, pues un medio digital administrado por una persona física, en principio, no está sujeto a las reglas relacionadas en materia de publicación de encuestas.
Además, respecto de las encuestas realizadas y publicadas originalmente por las casas encuestadoras.
FF